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Consultar el estado de tu expediente

El estado que muestra la sede electrónica dice en qué punto de la tramitación está tu solicitud, no si te la van a conceder. Lo que sí importa es saber cuándo se ha cumplido el plazo legal de resolución, porque a partir de ahí hay cosas que se pueden hacer y antes no.

A quién le sirve

Presentaste una solicitud y llevas semanas o meses mirando la sede sin entender qué dice.

A quién no

Si lo que te ha llegado es un requerimiento de subsanación, no estás esperando: tienes un plazo corriendo y hay que contestar. Mira la resolución antes de seguir esperando.

Requisitos

Requisitos
RequisitoQué significaDónde lo dice
Un estado no es una resoluciónQue el expediente aparezca en trámite, o pendiente de resolver, no anticipa el sentido de la resolución.
Lo que sí cuenta es el plazoCuando vence el plazo máximo para resolver sin notificación expresa, se abren opciones que antes no existían. El sentido del silencio depende del procedimiento.Ley 39/2015
Las notificaciones electrónicas corren aunque no las abrasPor eso conviene revisar la sede y comunicar cualquier cambio de domicilio o de correo.Ley 39/2015
Un requerimiento tiene plazo propioEn los procedimientos de arraigo, el plazo de subsanación lo señala la notificación y no puede pasar de quince días.Art. 130.3 RD 1155/2024

Documentación

Documentación
DocumentoQuién lo emiteNotas
Número de expedienteOficina de ExtranjeríaAparece en el resguardo de presentación.

Plazos

Depende del procedimiento. Lo que hay que saber es cuál es el tuyo y desde qué fecha se cuenta.

Qué sale mal?

  • Se espera indefinidamente sin comprobar si el plazo legal ya venció.
  • Se confunde un requerimiento de subsanación con una espera normal, y se pierde un plazo de quince días.
  • No se revisan las notificaciones electrónicas y se dan por notificadas igual.

Relacionado

Fuentes

  1. Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común, texto consolidado
  2. Real Decreto 1155/2024, Reglamento de extranjería, texto consolidado
Giovanna Paola GirardiAbogada. Colegiada ICAM 87779Revisado el 15 de agosto de 2026