Renovar la TIE: cuándo hay que renovar solo la tarjeta
La TIE dura lo mismo que la autorización que documenta, así que casi siempre se renueva sola al renovar tu residencia. La excepción es la larga duración: la autorización no caduca nunca, pero la tarjeta sí, cada 5 años hasta los 30 y cada 10 después, y se pide en los 2 meses antes de que caduque. Si la pierdes o se estropea, es una tarjeta nueva, no una renovación.
A quién le sirve
Tienes la residencia de larga duración, nacional o UE, y te toca renovar solo el documento porque la autorización en sí no caduca. O se te ha perdido, roto o deteriorado la TIE y necesitas una nueva.
A quién no
Si lo que caduca es tu autorización de residencia temporal, ese es otro trámite, no este: la renovación de la autorización, que en reagrupación familiar tiene su propia página. Renovar la autorización ya te da la tarjeta nueva por el camino, sin pedirla aparte.
Requisitos
| Requisito | Qué significa | Dónde lo dice |
|---|---|---|
| La regla general: la tarjeta dura lo que la autorización | La TIE tiene la misma vigencia que la autorización o el reconocimiento del derecho que justifica su expedición, y deja de ser válida en cuanto esa autorización deja de estarlo. Por eso, para casi todo el mundo, renovar la autorización ya renueva la tarjeta: no son 2 trámites distintos. | Art. 209.1 RD 1155/2024 |
| La excepción: la larga duración | La autorización de residencia de larga duración, nacional o UE, no caduca nunca, pero la tarjeta sí. La primera renovación se pide a los 5 años. La segunda y las siguientes, cada 5 años hasta que cumples 30, y cada 10 a partir de esa edad. | Art. 185 RD 1155/2024 para la nacional, art. 178 para la UE |
| El plazo: 2 meses antes es la norma, 3 meses después se admite con riesgo | Los 2 meses antes de que caduque la tarjeta son el plazo previsto: presentar dentro de él prorroga la validez de la tarjeta anterior hasta que se resuelve, sin más. Presentar en los 3 meses posteriores a la caducidad también prorroga la tarjeta anterior y también se admite a trámite, pero abre la puerta a un procedimiento sancionador por la infracción cometida al presentarla tarde. En la práctica es una infracción leve, con multa de hasta 500 €, y la Oficina de Extranjería suele tramitar la solicitud igual. Pasados esos 3 meses, la exposición ya es a un procedimiento sancionador más serio. | Art. 80.1 RD 1155/2024 |
| Si se pierde, se destruye o se deteriora, es tarjeta nueva, no renovación | Dan derecho a pedir una tarjeta nueva a instancia tuya, y ese trámite no cuenta como una renovación: la tarjeta que te entregan vale solo por el tiempo que le quedaba a la que sustituye. | Art. 209 RD 1155/2024 |
| Un cambio de situación también genera tarjeta nueva | Un cambio de tu situación legal o laboral en España, incluida una renovación de otro tipo, hace que te expidan una tarjeta adaptada al cambio, no la misma con la fecha corregida. | Art. 209 RD 1155/2024 |
Documentación
| Documento | Quién lo emite | Notas |
|---|---|---|
| Pasaporte o documento de viaje en vigor | Tu país | Vale también la cédula de inscripción si no tienes pasaporte. |
| Fotografía reciente, tamaño carné y fondo blanco | Tú | |
| Justificante del pago de la tasa | Tú | Modelo 790 código 012. El importe cambia según el motivo: renovación de residencia temporal, larga duración, o tarjeta nueva por pérdida o deterioro. |
| La tarjeta anterior, o denuncia si se perdió | Tú, o comisaría si hay denuncia |
Plazos
La tarjeta se entrega después de tramitarse. Lo que tiene plazo es la solicitud: los 2 meses antes de que caduque la que ya tienes son el plazo previsto, y hay 3 meses más después de la caducidad en los que todavía se admite, con la sanción leve como precio de la demora.
Qué sale mal?
- Se piensa que como la autorización de larga duración no caduca, la tarjeta tampoco, y se deja caducar sin renovarla en plazo.
- Se presenta pasados los 2 meses previos sin saber que todavía hay una ventana de 3 meses después de la caducidad en la que la solicitud se admite, aunque exponga a una sanción leve.
- Se deja pasar también esa ventana de 3 meses, y la exposición pasa de una sanción leve a un procedimiento sancionador más serio.
- Se pide una renovación cuando lo que hace falta es una tarjeta nueva por pérdida o deterioro, o al revés, y se paga la tasa equivocada.
- Se confunde con renovar la autorización de residencia temporal, que es un trámite distinto y tiene su propia página.
Tasa
Tasa, modelo 790 código 012. Se paga a la Administración, no a nosotras.21,87 €