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Las hojas del Ministerio remiten a epígrafes que el formulario ya no tiene

La hoja informativa 4 bis manda pagar la autorización de trabajo en el epígrafe 3.2 del modelo 790 código 062, y la hoja 58 en el 3.2.1. En el formulario que se rellena en la sede electrónica, el trabajo por cuenta ajena está en la sección 2 y el 3.2 es otra cosa. Manda el formulario, porque es el que se paga.

Las hojas informativas de la Secretaría de Estado de Migraciones son la fuente que más se cita en extranjería, y con razón: son lo más parecido a un manual de instrucciones que publica la Administración. Pero tienen un problema que nadie cuenta, y lo descubrimos preparando las páginas de estudiantes.

Qué dice cada uno?

Estas son las tres versiones del mismo dato, todas oficiales, todas vigentes hoy.

FuenteQué dice sobre el trabajo por cuenta ajena
Hoja informativa 4 bisModelo 790 código 062, epígrafe 3.2, "tramitación de autorizaciones de trabajo por cuenta ajena"
Hoja informativa 58Modelo 790 código 062, epígrafe 3.2.1, "autorización de trabajo para autorizaciones iniciales de residencia temporal de trabajo por cuenta ajena"
El formulario 790 en la sedeEl trabajo por cuenta ajena está en la sección 2. La sección 3 es cuenta propia

La hoja 4 bis remite además al epígrafe 3.3 para el trabajo por cuenta propia. En el formulario, el 3.1 es la autorización inicial de cuenta propia.

No es que una de las dos hojas esté mal y la otra bien. Es que las dos van con una numeración anterior a la del formulario, y ninguna lo advierte.

Cuál manda?

El formulario. Es el impreso que se rellena, el que se lleva al banco o se paga por vía electrónica, y el que produce el justificante que se aporta al expediente. La hoja informativa, como dice ella misma en su primera línea, tiene contenido "meramente orientativo".

Eso no convierte a la hoja en papel mojado. Sigue siendo la mejor descripción disponible de qué documentos pide la ventanilla y en qué orden. Lo que no se puede hacer es copiar de ella un epígrafe y darlo por bueno sin abrir el formulario.

Por qué importa más de lo que parece?

Un epígrafe equivocado no es una errata. Es un pago que no vale.

La tasa del 062 se devenga cuando se admite a trámite la solicitud, y hay diez días hábiles para abonarla. Si el pago entra por el epígrafe que no era, el expediente sigue sin la tasa pagada, y lo que llega después es un requerimiento de subsanación con un plazo de quince días como máximo. Si ese plazo se pasa, se tiene a la persona por desistida y se archiva el expediente.

Y hay un agravante en este caso concreto: la tasa del 062 la paga la empresa, no la persona extranjera. El artículo 190.2 del reglamento lo dice de forma expresa para la modificación desde estancia por estudios. Así que el error lo comete alguien de administración de la empresa, que no está siguiendo el expediente, y se descubre semanas después.

No es el único sitio donde pasa

La hoja 62, la de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, sitúa esa tasa en el modelo 790 código 052, epígrafe 5. La tabla de tasas de la Policía Nacional la cobra en el modelo 790 código 012. Aquí el importe no está en discusión, son 12,00 €, porque la propia hoja 62 aclara que esta tasa es en todo caso equivalente a la que paga un español por el documento nacional de identidad. Lo que discrepa es el modelo.

Y hay un caso que no es de numeración sino de fondo. El formulario 790 tiene un epígrafe 5 propio, con su concepto literal, para la "tramitación de autorización inicial de trabajo para las personas titulares de autorización de estancia de larga duración por estudios", a 122,30 €. La hoja 4 bis, para ese mismo supuesto, remite a los epígrafes genéricos de cuenta ajena y cuenta propia, que cuestan bastante más. Ahí ya no basta con mirar el formulario: hay que decidir qué trámite aplica.

Qué hacemos nosotras?

Cuando una hoja informativa y el formulario no dicen lo mismo, en nuestras páginas escribimos lo que dice cada uno, con su nombre, en lugar de elegir en silencio y dejar al lector sin saber que había una discrepancia. Está en la página de tasas y en las fichas de trabajar mientras estudias y de la modificación a residencia y trabajo.

Qué hacer ahora?

Antes de pagar cualquier tasa de extranjería, abre el formulario 790 en la sede electrónica, elige el código y la provincia, y lee el concepto literal del epígrafe que vas a marcar. Si no describe tu trámite con esas palabras, no es el tuyo, aunque el número coincida con el que has leído en una hoja informativa.

Si el pago lo va a hacer tu empresa, mándale el concepto completo y no solo el número.