Residencia de larga duración-UE: la que sirve fuera de España
A quién le sirve
No tienes nacionalidad de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo ni de Suiza, llevas 5 años residiendo legalmente y de forma continuada en España, y quieres una residencia indefinida que además te permita pedir residencia en otro país de la Unión. También aplica si tienes una Tarjeta azul-UE expedida por otro Estado miembro y cumples los requisitos acumulativos de tiempo.
A quién no
El nombre confunde a mucha gente, así que conviene decirlo claro: esta no es la residencia de los ciudadanos de la Unión. Si tú tienes pasaporte de un país de la Unión, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, no necesitas esto, porque tu derecho a residir aquí ya lo tienes por la libre circulación. El -UE no indica quién la pide, indica que el estatuto lo reconocen los demás Estados miembros. Y si no puedes acreditar recursos fijos y regulares o seguro de enfermedad, mira la larga duración nacional, que no los exige.
Requisitos
| Requisito | Qué significa | Dónde lo dice |
|---|---|---|
| 5 años de residencia legal y continuada | En territorio español, los 5 años anteriores a la presentación de la solicitud. | Art. 175 RD 1155/2024 |
| Los años de estudiante cuentan la mitad | Los periodos en situación de estancia por estudios, movilidad de alumnos, voluntariado o actividades formativas se computan al 50 % de su duración, y solo si en el momento de la solicitud estás en situación de residencia en España. Es el cálculo que más gente hace mal. | Art. 175 RD 1155/2024 |
| Qué ausencias no rompen la continuidad | Ausencias de hasta 6 meses continuados, siempre que la suma no supere 10 meses dentro de los 5 años, o 18 meses si son por motivos laborales. | Art. 175 RD 1155/2024 |
| Recursos fijos y regulares | 150 % del IPREM para unidades familiares de 2 miembros, más un 50 % por cada miembro adicional. Pueden venir de recursos propios o de actividades laborales o profesionales. | Art. 175 RD 1155/2024 |
| La cuantía se puede minorar por menores | Se considera suficiente una fuente estable de ingresos igual o superior al salario mínimo interprofesional. Para una unidad de 2 miembros con un menor, la cuantía es el 110 % de la renta garantizada del Ingreso Mínimo Vital anual, más un 10 % por cada menor adicional. | Art. 175 RD 1155/2024 |
| Seguro de enfermedad | Público o privado, que cubra los riesgos normalmente asegurados a los españoles, concertado con una entidad autorizada para operar en España. | Art. 175 RD 1155/2024 |
| La vía de la Tarjeta azul-UE | 5 años de residencia legal e ininterrumpida en la Unión como titular de Tarjeta azul-UE, de una autorización nacional para empleos de alta cualificación, de investigación, de estudios o formación profesional, o como beneficiario de protección internacional. Y además 2 años en España con Tarjeta azul-UE inmediatamente anteriores a la solicitud. Aquí las ausencias de la Unión admiten hasta 12 meses continuados, con un tope de 18 en los 5 años. | Art. 175 RD 1155/2024 |
| El tiempo de asilo cuenta entero | A quien tiene reconocida la protección internacional en España se le computa el 100 % del periodo transcurrido desde que presentó la solicitud de protección internacional hasta que se le concedió la autorización de residencia y trabajo del régimen de asilo. Lo mismo para titulares de Tarjeta azul-UE. | Art. 175 RD 1155/2024 |
| Carecer de antecedentes penales | En España y en los países donde hayas residido los últimos 5 años, por delitos existentes en el ordenamiento español, y no representar una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública. | Art. 175 RD 1155/2024 |
Documentación
| Documento | Quién lo emite | Notas |
|---|---|---|
| Solicitud en modelo oficial EX-11 | Modelo oficial | El mismo impreso que la larga duración nacional. La firma la persona extranjera. |
| Copia completa del pasaporte en vigor | Tu país de origen | O el título de viaje, o la cédula de inscripción en vigor. |
| Acreditación de los recursos fijos y regulares | Tu empleador, tu actividad o tu banco | Para tu manutención y la de la familia que esté a tu cargo. |
| Seguro de enfermedad | Entidad aseguradora autorizada para operar en España, o la Seguridad Social | Con cobertura equivalente a la de un español. |
| Acreditación de la residencia previa en otros Estados miembros | La autoridad del Estado miembro correspondiente | Solo si vas por la vía de la Tarjeta azul-UE, de alta cualificación, de investigación, de estudios o de protección internacional en otro Estado. |
| Certificado de antecedentes penales | Autoridad del país o países donde hayas residido los últimos 5 años | Previos a la presentación de la solicitud. |
Plazos
3 meses contados desde el día siguiente a la fecha en que la solicitud tiene entrada en el registro del órgano competente para tramitarla.
Positivo. Transcurridos los 3 meses sin que la Administración haya notificado, se puede entender estimada por silencio administrativo. Lo que ganas por silencio no te lo pueden quitar resolviendo más tarde: si contestan después, solo pueden confirmarlo.
Dónde encaja este trámite?
Tu recorrido
Qué sale mal?
- Se cuentan los años de estudiante enteros. Computan al 50 %, y con eso se caen muchos expedientes que parecían tener los 5 años.
- Se pide la UE sin poder acreditar recursos ni seguro. La nacional no exige ninguna de las 2 cosas, y para quien solo quiere quedarse en España es la vía correcta.
- Se suman mal las ausencias, que aquí tienen 2 escalas distintas: 6 meses seguidos y 10 en total en la vía general, 12 y 18 en la vía de la Tarjeta azul-UE.
- Se da por hecho que la larga duración-UE concede automáticamente la residencia en otro Estado miembro. Da derecho a pedirla allí, en las condiciones que ese Estado determine, que no es lo mismo.
- Se deja pasar el mes que hay para pedir la TIE desde que notifican la concesión.
Precio
- Cuenta real de tus 5 años, con los años de estudiante computados al 50 %
- Comparación con la larga duración nacional antes de elegir
- Revisión de si tus ingresos computan como fijos y regulares
- Presentación y seguimiento hasta la resolución