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IPREM

El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples es la referencia que usa la Administración para medir si tienes medios económicos suficientes. En extranjería aparece por todas partes y siempre en porcentajes, no en euros, lo que obliga a mirar la cifra vigente cada año. Algunos ejemplos: la reagrupación familiar pide el 150 % del IPREM para una unidad de dos miembros y un 50 % más por cada miembro adicional. El arraigo social pide medios que alcancen al menos el 100 % del IPREM según el reglamento, aunque la hoja informativa del Ministerio lo desglosa en un 100 % por el familiar residente y otro 100 % por el solicitante. La residencia no lucrativa para quien cesa como familiar de ciudadano de la Unión pide el 400 % del IPREM mensual, más un 100 % por cada familiar. No confundir con el salario mínimo interprofesional, que es otra referencia distinta y es la que se usa para medir la solvencia del empleador.

Términos relacionados

Fuentes

  1. Real Decreto 1155/2024, Reglamento de extranjería, texto consolidado